Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1550/2004-R
Fecha: 29-Sep-2004
II.4.
II.4. La Resolución Prefectural 291/2002 de 10 de octubre (fs. 16 a 17), en su artículo primero dispone la creación y funcionamiento de la Unidad de la Persona con Discapacidad, dependiente del Servicio Departamental de Gestión Social. En el artículo segundo, la Prefectura reconoce al Directorio del Comité Departamental de la Persona con Discapacidad.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- plantear los recursos ante los tribunales competentes
- d)
- i)
- III.2.
- no constituyen en sí una vía reparadora y efectiva para el restablecimiento de los derechos de aquellos que se lesionan, sino un medio para llegar a esa instancia en la que deben restablecerse las garantías y los derechos reclamados
- III.3.
- APROBAR