Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1555/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
Fragmento 16
Consiguientemente, la omisión detectada si bien constituye una vulneración al debido proceso, no ha sido ni es causa de restricción alguna de la libertad de Jenny Patricia Cuellar de Buchler, de manera que, siguiendo la jurisprudencia anotada en el numeral III.1 de esta Sentencia, no puede declararse la procedencia del hábeas corpus por ese motivo al no estar directamente relacionado con el derecho a la libertad física de la encausada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- Fragmento 6
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1
- III.2.
- Fragmento 16
- 5.
- Cuando el imputado incumpla cualesquiera de las obligaciones impuestas;
- no deberán expedirse
- III.4.
- improcedente
- APRUEBA