SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1562/2004-R
Fecha: 28-Sep-2004
improcedente
Por Resolución 33/2004, de 15 de julio, cursante de fs. 148 a 149 vta., el Tribunal de amparo declaró improcedente el recurso, bajo los siguientes fundamentos: 1) el Ministerio Público ofreció como testigo de cargo a Jesús Victor La Cotera, quien cuando fue presentado en audiencia a efectos de su atestación no presentó documento de identidad que permita identificarlo plenamente; consiguientemente, las autoridades recurridas al haber rechazado la producción de dicha prueba testifical dieron estricto cumplimiento a la previsión contenida en los arts. 83 y 351 del CPP; 2) con relación a la solicitud del mandamiento de aprehensión con facultades de allanamiento y habilitación de horas extraordinarias, el art. 21 de la CPE, así como los arts. 118 y 180 del CPP, no facultan habilitación de horas extraordinarias, por lo que el rechazo se acomoda a las normas constitucionales y procesales referidas; 3) del informe presentado por los recurridos se establece que la parte recurrente presentó el 12 de julio de 2004 solicitud de medidas cautelares con relación al imputado Sergio Rodrigo Frías, abriéndose, de ese modo, la posibilidad para que la ahora recurrente, en su condición de querellante pueda hacer valer sus derechos, no existiendo, en consecuencia, los presupuestos establecidos en el art. 19 de la CPE para otorgar el amparo solicitado.