AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2005-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2005-CDP

Fecha: 14-Ene-2005

I.5.

I.5.    Consta que los vocales, Carlos Jaime Villarroel Ferrer y Gerardo Torres Antezana fueron notificados con la anterior Resolución por “cedulón” entregado en mano propia (fs. 416), empero, no se cumplió con esa diligencia respecto al ex vocal Enrique Gonzáles Careaga, quien posteriormente fue notificado por cédula en la Calle Comercio Edificio Ismar “6º”. Piso, of. 605 de la ciudad de La Paz  con la Resolución mencionada y otras actuaciones (fs. 423).