AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2005-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2005-CDP

Fecha: 14-Ene-2005

I.6.

I.6.    El ex vocal Enrique Gonzáles Arteaga solicitó la nulidad de actuados por no haber sido notificado legalmente con la Resolución de fs. 397 y actuaciones posteriores (fs. 427), que previa contestación del recurrente e informe de Secretaría de Cámara, mereció el Auto de 16 de diciembre de 2003 (fs. 435), que anuló la diligencia de notificación practicada a fs. 423, disponiendo la notificación del reclamante en su domicilio de calle Fuerza Naval 249 de la ciudad de la Paz. Mediante diligencia realizada el 22 de enero de 2004 (fs. 436), Enrique Gonzáles Careaga fue notificado mediante “cedulón” entregado en mano propia con la Resolución 396/02 de fs. 397 y vta., memorial de fs. 400 y vta., Auto de fs. 400 “a”, memorial de fs. 401 a 403, Auto de fs. 404, Auto Constitucional 39/2002-CDP, decreto de fs. 410 vta., Resolución de fs. 415 y vta., memorial de fs. 419 y decreto de fs. 419 vta., memorial de fs. 422 y decreto de fs. 422 vta. y Auto de fs. 435.