Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0002/2005-R
Fecha: 03-Ene-2005
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV, 120.7ª de la CPE, 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional resuelve APROBAR la Resolución cursante de fs. 57 a 59, pronunciada el 8 de septiembre de 2004 por el Juez de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo, Cochabamba, con la modificación que la denuncia de las OTBs, deberá ser sustanciada en un proceso administrativo resguardando los derechos de los denunciados.