SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0010/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0010/2005

Fecha: 24-Ene-2005

I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida

A través de la nota de 9 de noviembre de 2004 (fs. 120), el recurrido señala que como Jefe Nacional de Inspectoría del Trabajo sólo cumplió con las funciones de servidor público, limitando sus actos a la conciliación, careciendo de personería jurídica para responder el recurso, porque considera que quien debe ser demandado es el Ministro de Trabajo, dado el principio de jerarquía, por lo que se veía imposibilitado de responder el recurso, indicando que su actuación estuvo sometida a lo dispuesto en la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario.