Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2005-R
Fecha: 28-Ene-2005
II.3.
II.3. El 18 de Noviembre de 2002, el Juez recurrido dictó la Sentencia dentro del proceso ejecutivo instaurado contra el recurrente, declarando probada en parte la demanda e improbadas las excepciones de falta de fuerza ejecutiva y pago documentado interpuesta por los ejecutados, disponiendo que la ejecución prosiga hasta la subasta y remate de los bienes embargados o por embargarse (fs. 153-154 vta. doc. com.).