Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2005-CDP
Fecha: 10-Oct-2005
I.2
I.2 Orlando Omar Palacios Terrazas en su condición de apoderado del recurrente, por memorial presentado el 3 de agosto de 2005, pidió la calificación de daños y perjuicios y el pago de costas (fs. 167 a 168 vta.). A mérito de esta solicitud, el Tribunal de amparo mediante Auto de 4 de agosto de 2005, abrió periodo probatorio de 8 días común a las partes, para la averiguación y calificación de daños y perjuicios (fs. 169).