Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2005
Fecha: 26-Oct-2005
II.2
II.2. Por Auto de 15 de abril de 2005 (fs. 25.479, Cuerpo 144), el Juez comisionado señalando que su labor se reducía exclusivamente a organizar la instrucción penal y no a definir el proceso en su conjunto, razón por la que dispuso la remisión de la solicitud de extinción de la acción realizada por el recurrente ante el Tribunal comitente, para su consideración.