Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2005-R
Fecha: 10-Oct-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente afirma que se ha vulnerado su derecho al debido proceso por cuanto los vocales recurridos han confirmado el Auto pronunciado por el a quo en ejecución de sentencia, dentro de un proceso ejecutivo, por medio del cual se le rechazó el incidente de nulidad que promovió por cuanto es la propietaria y está en posesión del bien que se pretende rematar. Además el Juez recurrido rechazó la solicitud de suspensión provisional de la ejecución de sentencia dentro del proceso ejecutivo, determinación contra la cual interpuso recurso de apelación. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.