SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1244/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1244/2005-R

Fecha: 07-Oct-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 26 de febrero de 2005  (fs. 298 y 299), la recurrente aduce que en el Juzgado de Partido en lo Penal Liquidador de la provincia Sara, dentro de la demanda de reparación de daños, emergente de un proceso penal tramitado con el procedimiento antiguo por homicidio en accidente de tránsito, seguida por Paul Sendran Leonhardt y Néstor Antonio Higa en representación de la empresa “ANSAL” Ltda. contra Roger Becerra y Samuel Flores, el Juez ordenó el secuestro del motorizado de su propiedad marca Mercedes Benz, con placa 596-XHF, con la intención de trabar embargo y llevarlo hasta la subasta y remate, ante dicho acto ilegal se apersonó en el juicio e interpuso tercería de derecho excluyente,  que fue declarada improbada por Auto de 20 de agosto de 2004, con el argumento que existía un gravamen sobre el motorizado anterior a la inscripción de su derecho propietario, empero, el Juez no consideró que tal gravamen ya caducó  por ser una anotación preventiva de hace más de dos años.

Relata que apeló del mencionado Auto, y los vocales recurridos, en una errónea interpretación de su recurso, mediante Auto de Vista de 23 de noviembre de 2004, lo calificaron como apelación incidental y, con el fundamento que no se presentó conforme establecen los arts. 403 y 404 del Código de procedimiento penal (CPP) en aplicación del art. 399 del CPP, la declararon inadmisible. De modo que -expresa- se ha visto afectada por un error de los demandados que no se han percatado que no podía aplicarse el nuevo procedimiento penal porque el  proceso se ajustó al  antiguo, además que de aplicarse el Código de procedimiento penal, la autoridad facultada para conocer la demanda de reparación de daños sería un juez de sentencia  y los términos para utilizar esa vía serían otros. O sea que se ha desconocido lo dispuesto por el art. 193 del CPP que les manda a fallar en el fondo.