Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1244/2005-R
Fecha: 07-Oct-2005
II.3.
II.3. Por Auto de Vista de 23 de noviembre de 2004 (fs. 286 y vta.), los vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz declararon inadmisible e ilegal la apelación interpuesta por la tercerista hoy recurrente, con el argumento que “el Auto de fecha 20 de agosto de 2004, cursante a fs. 251 a 252 no es recurrible de apelación, por no encontrarse previsto en ninguno de los casos de procedencia del art. 403 de la Ley Nº 1970”.