SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

1)

La fiscal Giovanna Jacqueline Rivas Rojas brindó informe señalando: 1) no se vulneró el derecho a la libertad del recurrente, pues en audiencia de medidas cautelares de 11 de enero de 2005 se presentaron elementos contundentes al Juez cautelar quien dispuso la detención preventiva y no así el Ministerio Público; 2) tampoco se lesionó el derecho a la defensa por la negativa de extender fotocopias, pues Lino Mendoza Chura, el 3 de marzo del año en curso acompañó para fotocopiar diecisiete cuerpos del cuaderno de investigación, faltando tres, sin que la parte interesada se haya apersonado para sacar la totalidad de los cuerpos, habiendo el Ministerio Público cumplido la orden con mucha anterioridad a la presentación del amparo; 3) sobre la ampliación del amparo por el traslado del recurrente al penal de Chonchocoro, como ello no estaba en el memorial de demanda, no pudo traer el requerimiento de la Fiscalía, siendo que al respecto, el 19 de marzo de 2005 recibió un informe de Inteligencia que indica que dos personas se iban a fugar, una de ellas el recurrente, por lo que conforme establece el art. 55 de la Ley de ejecución penal y supervisión (LEPS) es atribución del Gobernador del Penal velar por la seguridad de los internos, por ello hizo llegar al Juez cautelar dicho informe y requirió que el Gobernador tome los recaudos de ley y por seguridad los traslade del régimen abierto al régimen de Chonchocorito en el penal de “Palmasola”; 4) contrariamente a lo requerido, al día siguiente fueron trasladados a la ciudad de La Paz por instrucciones del Ministerio de Gobierno y el lunes siguiente solicitó se viabilice el traslado, el que aún no se ha concretado.