SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

El recurrente en el escrito de 18 de marzo de 2005 (fs. 7 a 8 vta.), manifiesta que a consecuencia de una investigación a cargo de los fiscales recurridos por delitos de tráfico de sustancias controladas, fue detenido arbitrariamente por policías dependientes de la FELCN, sin que exista mandamiento judicial y sin que se le encuentre sustancia prohibida alguna, violentando el art. 9 de la CPE; y que luego de dispuesta su detención preventiva por el Juez de Instrucción en lo Penal, solicitó a los fiscales Álvaro La Torre Zurita y Giovanna Jacqueline Rivas Rojas le proporcionen copia legalizada de todo el cuadernillo de investigaciones y evidencias acumuladas lícitamente a la fecha debidamente foliadas, asimismo, al amparo de la parte in fine del art. 254 del Código de procedimiento penal (CPP) pidió se le entreguen todos los bienes muebles que no pueden ser objeto de incautación, como sus objetos de uso personal y de su familia, sin que ambas peticiones hayan sido atendidas, limitándose a entregarle su ropa de vestir, pero no así las cosas de su esposa e hijos, incluyendo documentos como libretas de colegio, pasaportes, joyas, utensilios de cocina, muebles, televisores, heladeras, micro ondas, etc, habiendo los demandados hecho oídos sordos, vulnerando el art. 135 de CPP, no existiendo otra vía inmediata para la reparación de sus derechos “inculcados” (sic).