SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronunció Resolución declarando improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) se encuentra acreditado que se facilitaron al recurrente las fotocopias del cuaderno de investigaciones; 2) respecto a la detención, no corresponde tomar ninguna medida mediante un amparo constitucional; 3) en cuanto al traslado a otro penal se debe dirigir la demanda contra la autoridad que dispuso tal medida.
Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.