Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1306/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.1.2.
II.1.2. Por memorándum 0047/05 de 14 de enero de 2005, se agradecen los servicios del recurrente Rogelio Gustavo Fernández, señalando textualmente que: “Por determinación de la Directiva del Concejo Municipal, en consideración a su condición de servidor público provisorio, a partir de la fecha prescindimos de sus servicios”(sic), firmado por los ahora recurridos, en sus condiciones de Presidenta y Secretario del Concejo Municipal (fs. 3); sin mencionar los motivos o causales que dieron lugar al retiro o agradecimiento de los servicios que prestaba el recurrente en el Concejo Municipal.