Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1314/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1314/2005-R

    Fecha: 21-Oct-2005

    II.6.

    II.6. A fs. 26 el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, dejando sin efecto el decreto de la misma fecha a través del cual fijó día y hora de audiencia para la realización de la audiencia de medidas cautelares, ordenó por razón de turno la remisión del proceso ante el Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal (fs. 25 vta. y 26).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Autoridades  recurridas y petitorio
    • a)
    • i)
    • improcedente
    • II.2.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria.
    • III.3.
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca