SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1339/2005-R
Fecha: 25-Oct-2005
II.1.
II.1. El 5 de mayo de 2005, se celebró la audiencia pública conclusiva para considerar la aplicación de procedimiento abreviado -emergente del proceso seguido contra el recurrente por los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado-, en la que luego de que el representando del recurrente aceptara el procedimiento abreviado y señalara que aceptaba todo lo manifestado por el Fiscal -la comisión del hecho-, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, recurrido, mediante Sentencia 76/2005 aceptó dicho procedimiento, imponiéndole una pena privativa de libertad de tres años por la comisión de dichos delitos. Al final de este fallo, se dejó expresamente establecido que las partes quedaban notificadas con el mismo a horas 16:20, por lo que podían interponer el recurso que les franqueaba la ley (fs. 1-3, 4-6), lo cual consta en el formulario de notificaciones, en el que se acredita que se notificó personalmente en la fecha y hora referida al Fiscal y al representado del recurrente, pues consta su firma y número de su cédula de identidad (fs. 14).