SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1340/2005-R
Fecha: 25-Oct-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a sus derechos a la libertad física, al trabajo, a la locomoción, a la presunción de inocencia, a la defensa y a no ser condenado sin haber sido oído y juzgado en proceso legal, consagrados en los arts. 6.II, 7incs. d) y g) y 16 de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por los recurridos puesto que dentro del proceso penal seguido en su contra por los delitos de aborto y estupro agravado, al resolver la apelación que planteó la querellante contra la Resolución que dispuso la cesación de su detención preventiva, sin dictar una resolución debidamente fundamentada conforme a las normas previstas por el art. 236 del CPP, revocaron la resolución apelada expresando por una parte un fundamento que constituye prejuzgamiento; por otra no coincidieron con el fundamento del Juez cautelar, ya que la concesión de su solicitud de cesación obedeció a que ya no existía peligro de obstaculización, ya que al haber transcurrido más de cinco meses de estar detenido, existió tiempo suficiente para que el Fiscal investigara. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.