SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1340/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1340/2005-R

Fecha: 25-Oct-2005

III.2.

III.2. En el caso sujeto a análisis, como se ha establecido en la Conclusión II.1, la detención preventiva del recurrente se dispuso por existir suficientes elementos de convicción sobre su autoría y por el peligro de obstaculización. Frente a estos motivos, el recurrente solicitó su cesación exponiendo que desapareció dicho peligro, ya que durante los cinco meses y más que se encontraba detenido, el Fiscal tuvo tiempo suficiente para realizar la investigación, vale decir, que argumentó que ya no podía obstaculizar el trabajo del Ministerio Público. Compulsando esa solicitud, el Juez recurrido dejando claro que no fue el peligro de fuga el que dio lugar a la detención preventiva, fundamentó que el peligro de obstaculización desapareció a la fecha, pues el imputado estaba detenido preventivamente desde el 12 de enero de 2005, “tiempo suficiente” -consideró-, para que el Fiscal hubiera realizado las investigaciones; consiguientemente, atendió el argumento del imputado favorablemente.