SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1344/2005-R
Fecha: 28-Oct-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 2 de abril de 2005 (fs. 14 a 16 vta.), el recurrente asevera que el 30 de agosto de 2002 fue designado asistente legal, de la Dirección Jurídica de la Prefectura del departamento de Cochabamba con el Item 272; empero, después de habérsele obligado a hacer uso de su vacación mediante memorando 033/2005 de 24 de enero, y pese a sus reclamos reiterados al respecto, fue destituido el 16 de febrero de 2005, sin previo proceso obviándose el hecho de que es un funcionario de carácter permanente, por cuanto de la categoría de funcionario provisorio o interino, se convirtió en titular, por la responsabilidad y trabajo asumidos y la excelencia demostrada; habiéndose arbitrariamente elegido, como consecuencia de dicha destitución a otro funcionario en su reemplazo sin que se le hubiera dado la oportunidad a concursar como servidor público antiguo o permanente; situación que desconoció y lesionó su derecho a la estabilidad en el cargo. Señala que pese a las impugnaciones contra el memorando de destitución, así como las observaciones realizadas respecto de sus vacaciones ante el Prefecto y el Consejo Departamental, nunca obtuvo respuesta.