Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1344/2005-R
Fecha: 28-Oct-2005
II.2.
II.2. El 24 de enero de 2005, por memorando URH-0033/05 (fs. 3), el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Prefectura de Cochabamba, instruyó al recurrente hacer uso de su vacación anual con carácter inexcusable; ante cuya decisión, solicitó al recurrido por nota presentada el 2 de febrero de 2005 (fs. 4 y 5), deje sin efecto dicho memorando. Luego, puso en conocimiento de dicha situación al presidente y miembros del Consejo Departamental de la Prefectura mediante nota de 1 de febrero de 2005 (fs. 6); reiterando dicha representación el 10 de febrero de 2005 (fs. 7).