Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1364/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La recurrente, por medio de su abogado ratificó los términos del recurso, y ampliando los antecedentes explicó que el 15 de marzo de 2002 firmó un contrato de anticrético con Mario Soliz Vallejos, por lo que se encuentra en posesión legítima del inmueble, de manera que no debe ser desapoderada del mismo hasta la resolución de su oposición; pretensión que funda en la SC “1082/03”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- se activa la vía tutelar del amparo constitucional, en aquellos casos en los que los actos o resoluciones ilegales o indebidas lesionen groseramente los derechos fundamentales del administrado y cuyos efectos podrían ocasionar daños irremediables e irreparables
- 1º
- Fragmento 11
- III.3. Examen del caso concreto
- APROBAR