SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1367/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
II.1.
II.1. A denuncia y posterior querella de Maritza Rosa Barbosa Álvarez contra el recurrente, se organizó proceso penal contra este último, quien a tiempo de prestar su declaración informativa policial, en ocasión del levantamiento de las diligencias de policía judicial, señaló su domicilio en la calle Cecilio Guzmán de Rojas, zona Sopocachi de la ciudad de La Paz (fs. 45).
Durante la sustanciación de la instrucción el imputado mediante memorial presentado el 24 de octubre de 2000 (fs. 47), solicitó al Juez Noveno de Instrucción en lo Penal fotocopias legalizadas del expediente, oportunidad en la que señaló domicilio en el Edificio Mariscal de Zepita, planta zócalo, pasaje peatonal Of. 15; asimismo presentó los memoriales de 26 de febrero de 2003 (fs.48), 19 de marzo de 2003 (fs. 49) y 9 abril de 2003 (fs. 50), solicitando la suspensión de la audiencia fijada para el 27 de febrero de 2003, se deje sin efecto la rebeldía y el mandamiento de aprehensión y reitera se suspenda la rebeldía, respectivamente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- procesamiento ilegal,
- a no ser
- III.2.
- queda en completo estado de indefensión por desconocimiento absoluto del proceso penal en su contra, y cuando por ese motivo no pudo hacer uso oportuno de los medios de defensa que la ley le confiere,
- Aprueba