Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1371/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
a)
La tercera con interés legítimo a través de su abogado, manifestó lo siguiente: a) la afirmación del actor en sentido de que la resolución impugnada sobre la falta de competencia del ex Fiscal recurrido, es de 11 de enero de 2005, no es evidente, por cuanto dicha resolución fue pronunciada el 2 de diciembre de 2004, cuando dicha ex autoridad tenía plena jurisdicción y competencia; b) los asuntos de falta de competencia y jurisdicción se resguardan a través del recurso directo de nulidad y no por medio del presente amparo; c) en ningún momento se ha especificado la existencia de un derecho constitucional vulnerado. Pidió se declare improcedente el recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “las pruebas deben guardar relación con el hecho motivante del recurso, o lo que es lo mismo, la prueba debe demostrar que los hechos supuestamente ilegales ocurrieron”
- III.3.
- APRUEBA