Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1382/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
II.3.
II.3. Mediante memorando de 14 de febrero de 2005, el Alcalde recurrido le comunicó al actor la rescisión de su contrato como asesor legal del municipio a partir del 16 de febrero de esta gestión por no estar enmarcado en las normas legales de contratación de personal y de acuerdo al art. 59.2 de la LM (fs. 1).