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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1382/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1382/2005-R

    Fecha: 31-Oct-2005

    III.3.

    III.3.  Finalmente, cabe aclarar que tampoco corresponde un proceso previo para proceder al despido del recurrente como éste reclama en su recurso, toda vez que en el memorando de rescisión de contrato no se consigna como motivo del despido irregularidades del recurrente en el desempeño de sus funciones, las cuales recién fueron denunciadas en la audiencia pública.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • b)
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • APROBAR

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