AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2005-RCA

Fecha: 28-Nov-2005

improcedente

Mediante Resolución de 2 de junio de 2005, cursante de fs. 82 a 83 vta., el Tribunal de amparo declaró improcedente el presente recurso, toda vez que el recurrente mediante carta de 16 de marzo de 2005, solicitó que se efectúe el finiquito de la indemnización por el tiempo de servicios que prestó en el gobierno municipal, petición con la que dio lugar a la aceptación tácita y ejecución del memorando de 20 de enero de 2005, que acusa como ilegal y violatorio de sus derechos constitucionales, asimismo en forma automática ha renunciado al derecho de defensa que podía ejercerlo mediante el recurso jerárquico o un debido proceso conforme preceptúa el art. 72 de a Ley de Municipalidades, por lo tanto existen actos consentidos libre y expresamente, de acuerdo al art. 96.2 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).