SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0092/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0092/2005

Fecha: 21-Nov-2005

III.1.

III.1. El recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, es una vía de control correctivo o a posteriori de constitucionalidad, y conforme disponen las normas previstas por el art. 54 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) procede contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial contraria a la Constitución, como una acción no vinculada a un caso concreto, pues tiene por finalidad que el Tribunal que ejerce el control de la constitucionalidad, verifique la compatibilidad o incompatibilidad de las disposiciones legales impugnadas con los principios, valores y normas de la Constitución.