SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1414/2005-R
Fecha: 08-Nov-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega la vulneración del derecho a la libertad de su representado, por cuanto no obstante existir un acuerdo transaccional para cancelar lo adeudado por concepto de asistencia familiar, el Juez de la causa al margen del art. 149 del CF que señala que el incumplimiento de la asistencia familiar tiene apremio corporal, cuando se emplean medios maliciosos para burlarla, concordante con el art. 11 de la LAPACOP, libró mandamiento de apremio al margen de lo normado y sin analizar exhaustivamente las circunstancias del caso, toda vez que independientemente de las observaciones realizadas y de la apelación formulada, su representado en todo momento ha demostrado buena fe y voluntad de cancelar la asistencia familiar devengada, muestra de ello son los depósitos efectuados. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.