SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1424/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1424/2005-R

Fecha: 08-Nov-2005

i)

El Juez de Instrucción Décimo en lo Penal co recurrido en el informe que cursa de fs. 31, manifestó que: i) su persona carecía de legitimación pasiva porque ya no fungía como Juez Instructor Liquidador sino cautelar; ii) el hecho de que la instrucción habría sido clausurada fuera de término, debió ser impugnado por el actor oportunamente por el Defensor Oficial, por consiguiente no se puede acusar vicios de nulidad que en su momento no fueron debidamente reclamados.

El Juez Quinto de Sentencia en lo Penal co recurrido en el informe que figura de fs. 30 señaló que en la etapa del plenario el recurrente fue citado mediante edicto de prensa para que en el término de diez días comparezca a asumir defensa y al no haberse presentado fue declarado rebelde y contumaz a la Ley, designándosele Defensor de Oficio, por lo que se procedió con su juzgamiento en su rebeldía sin que se hubiera violado su derecho a la defensa, cual alega el actor. Solicitó se declare improcedente el recurso.