Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1437/2005-R
Fecha: 11-Nov-2005
II.4.
II.4. El Administrador a.i. de la Aduana Interior La Paz, emitió el pliego de cargo 021/2001, de 14 de agosto (fs. 69) y su correspondiente Auto Intimatorio, para que en el plazo de tres días se proceda a su cancelación bajo apercibimiento de expedirse mandamiento de embargo, retención de fondos y la inscripción preventiva de los bienes inmuebles y muebles sujetos a registro (fs. 69 vta.); actuados que tuvieron que ser notificados mediante edictos al recurrente, ante el desconocimiento de su nuevo domicilio (fs. 74 a 77).