Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1441/2005-R
Fecha: 15-Nov-2005
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley LTC, en revisión, resuelve REVOCAR la Sentencia de 31 de marzo de 2005 pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, cursante de fs. 103 a 104 y vta.y, en consecuencia, DENEGAR el amparo solicitado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- a)
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- sustituir a las autoridades judiciales y administrativas en la función que legalmente tienen atribuida
- III.2.
- la misma que no actuaba por si misma, sino a través de sus respectivos representantes legales
- REVOCAR