Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1478/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
II.2.
II.2. Por decreto de 23 de septiembre de 2004, la autoridad recurrida admitió la demanda, corrió en traslado al demandado a efectos de que conteste la misma, dentro del plazo señalado en el art. 345 del CPC y fijó asistencia familiar provisional a favor de sus tres hijos, Jayro, Chofi y Jimena Montaño Urey, en la suma de Bs900.- (fs. 8).