Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1484/2005- R
Fecha: 22-Nov-2005
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional en revisión con los fundamentos expuestos resuelve APROBAR la Resolución 3/2005, de 22 de abril, cursante de fs. 27 a 28 vta., pronunciada por el Juez de Partido Mixto de la localidad de Riberalta, del Distrito Judicial de Beni y en consecuencia DENEGAR el amparo solicitado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en la instancia municipal,
- III.2.
- "el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (...) comprende el conjunto de requisitos que deben
- III.3.
- APROBAR