Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1523/2005-R
Fecha: 28-Nov-2005
II.5.
II.5. El 11 de noviembre de 2004, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal cautelar de Oruro, declarando procedente la petición del Ministerio Público de aplicación de medidas cautelares sustitutivas e improcedente la libertad irrestricta solicitada por el recurrente, le impuso entre otras medidas sustitutivas, la de presentarse cada treinta días (fs. 67 a 68).