Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1526/2005-R
Fecha: 29-Nov-2005
II.10.
II.10. Por memorial de 8 de octubre de 2004, el recurrente interpuso recurso directo de nulidad, impugnando el Auto de 20 de septiembre de 2004, el mismo que mereció la SC 0004/2005, declarando infundado el recurso con el argumento de que lo reclamado, al estar vinculado al juez natural y en consecuencia al debido proceso, debió ser reclamado dentro del litigio, existiendo recurso de apelación pendiente de resolución, referente al Auto impugnado, haciendo referencia en la parte in fine que el Juez al emitir el Auto cuestionado actuó con plena jurisdicción y competencia, no siendo en consecuencia evidente los aspectos cuestionados en el recurso (fs. 133 a 136).