Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0032/2005-CDP
Fecha: 05-Dic-2005
I.2.
I.2. Por memorial presentado el 23 de junio de 2005, la recurrente denunció al Fiscal de Distrito de Chuquisaca que fue despedida de su trabajo no obstante haber nacido su hijo el 3 de abril de 2005 y de que goza por ley de inamovilidad funcionaria hasta un año después del nacimiento del niño (fs. 149 y vta.).