AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2005-RCA
Fecha: 07-Dic-2005
revisión
En revisión la Sentencia 95 de 30 de mayo de 2005, cursante a fs. 75 y vta., pronunciado por los vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por David Pantoja Serrano, Benjamín Salazar Zumacales, Hernán Barba Carriles, Román Ortega, Pedro Castro Cuevas, David Endara Moruno, Daniel Rojas Cejas y Marcos Álvarez Céspedes, Secretario General del Sindicato Electro 24, Ex Secretario de Conflicto de la Federación de Constructores, Ex Secretario de Deportes de la Federación de Constructores, Ex Secretario de Deporte Federación, Ex Secretario de la Cooperativa de la Federación de Constructores, Secretario General del Sindicato de Pintores y Publicistas, Secretario General del Sindicato de Constructores y Rama Anexa 23 de Marzo y Secretario General del Sindicato de Constructores y Rama Anexa de Pailón, respectivamente, contra Víctor Sánchez Jiménez, Carmelo Suárez Saavedra, Edil Paredes Parada, Presidente, Secretaria y Secretario Relator del Comité Electoral, respectivamente, por haber violentado los arts. 6 inc. II, 7 inc. a) y 159 de la Constitución Política del Estado (CPE).