AUTO CONSTITUCIONAL 0656/2005-CA
Fecha: 21-Dic-2005
mediante RA STR/LPZ/RA
Continuado el trámite administrativo, -luego del periodo probatorio-, la Superintendencia Tributaria Regional La Paz, mediante RA STR/LPZ/RA 0059/2005 de 19 de mayo, resolvió el recurso de alzada, y revocó la RA LAPLI 00619-04 impugnada, dejando sin efecto la obligación tributaria de $US98.917.- atribuida a ALMAPAZ S.A. (fs. 529 a 533); ante esta situación, la Administración Aduanera Interior La Paz interpuso recurso jerárquico (fs. 535 a 541) que fue admitido y elevado ante la Superintendencia Tributaria General (fs. 542), donde -luego de los respectivos alegatos-, mediante RA STG-RJ 0096/2005 de 5 de agosto, se resolvió el recurso jerárquico y se confirmó la RA ATR/LPZ/RA 0059/2005 de 19 de mayo, impugnada, salvando los derechos de la Administración Aduanera Interior La Paz recurrir a la vía jurisdiccional para el cobro de sus adeudos contractuales.