SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1568/2005-R
Fecha: 05-Dic-2005
I.-
El recurrente alega que se han vulnerado sus derechos a la libertad y a la defensa, así como a la garantía del debido proceso, pues: I.- Inicialmente se le impuso medidas sustitutivas, entre ellas, una fianza de Bs100.000.- en contravención del art. 241 del CPP; sin una valoración correcta de las supuestas pruebas presentadas en su contra, en base a una imputación carente de fundamento, sin la concurrencia del requisito previsto en el art. 233.1 del CPP, y pese a haber acreditado tener domicilio, ocupación y familia. II.- Apelada de su parte la decisión, los vocales recurridos la revocaron disponiendo su detención preventiva, en una audiencia a la que no pudo comparecer y no se dejó participar a su abogado defensor, en base a pruebas que nada tienen que ver con el caso y a través de un Auto de Vista que no fue debidamente fundamentado. III.- Fue detenido en mérito a un mandamiento de detención preventiva ejecutado por policías de parada y no por el Ministerio Público o el asignado al caso, y sin que la Jueza recurrida haya revocado la Resolución que impuso medidas sustitutivas. IV.- En la audiencia para considerar su solicitud de cesación de la detención preventiva, la Jueza demandada limitó su derecho a la defensa al no permitirle presentar prueba literal, además de que no consideró la excesiva fianza económica fijada en su contra. Corresponde considerar lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.