Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1568/2005-R
Fecha: 05-Dic-2005
III.5.
III.5. Por último, con referencia a la decisión asumida por la Jueza recurrida mediante Auto 197/2005, de 21 de junio, por la cual rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva sin considerar - conforme denuncia el actor - la excesiva fianza económica fijada en su contra, además de haber incurrido en supuestas limitaciones a su derecho a la defensa en la respectiva audiencia, es aplicable la jurisprudencia glosada en el Fj III.1 de la presente Sentencia, pues el imputado no hizo uso del recurso de apelación incidental respecto a esa decisión judicial, siendo por lo tanto improcedente el recurso por subsidiaridad en cuanto a este aspecto.