Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1576/2005-R
Fecha: 06-Dic-2005
II.2.
II.2. El 11 de abril de 2005, el citado recurso fue declarado procedente por el mismo Tribunal que resolvió el presente recurso, disponiéndose únicamente que de conformidad al art. 102.II de la LTC, se determine responsabilidad civil y costas; y la Resolución sea elevada en revisión (fs. 3 a 6 vta.).