SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1576/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1576/2005-R

Fecha: 06-Dic-2005

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, declaró improcedente el recurso con el fundamento de que el principio de subsidiaridad que fue mencionado “muy de pasada”, conduce a establecer que existe un procedimiento llevado anteriormente, y en cumplimiento del art. 102.V de la LTC, se halla en revisión ante el Tribunal Constitucional, por lo que los recurridos al no dar curso a las peticiones formuladas por la recurrente no han violado ningún derecho de la Constitución, pues es de aplicación el art. 96.2 de la LTC, dado que el anterior recurso interpuesto por la recurrente tiene estrecha vinculación con el presente.