SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1589/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1589/2005-R

Fecha: 09-Dic-2005

II.1.

II.1.  El 4 de diciembre de 2003, Abel Rioja Macías (recurrente) mediante escrito dirigido al Fiscal de Materia asignado a DIPROVE solicitó que requiera para que se le extienda fotocopias legalizadas de la denuncia (caso 400/01) que consta a fs. 146 - 147 del Libro de Denuncias de 2001, y por otra parte, que la Policía Técnica Judicial de la localidad de Tiquipaya desarchive, informe y extiendan fotocopias, del caso 400/01 supuestamente remitido a esas de pendencias; además, se le extienda informe respecto del caso solicitado (fs. 5). El 5 de diciembre de 2003, el fiscal Mario Chambi Rios dispuso que “informe el personal de DIPROVE y pase los antecedentes a que hace referencia, a objeto de disponer de acuerdo a Ley” (fs. 5 vta.).