SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1589/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
II.4.
II.4. El 9 de mayo de 2005, el Fiscal recurrido informó al Fiscal de Distrito que de acuerdo al Libro de “Memoriales Mero Trámite 1”, con el “Nº” 177 y en fecha 17 de enero de 2002, se halla registrado en la Fiscalía de Quillacollo “Ariel Ayala Gonzáles contra Autores”, con informe remitido de Cochabamba, que el investigador asignado sería del Sgto. Tola y en esa fecha estuvieron ejerciendo funciones los fiscales Roger Ayala y Nivia Torrez, que de acuerdo a la letra “T” colocada en la respectiva casilla, este caso habría sido de conocimiento de la Fiscal mencionada. Por otra parte, indica que el ejerció las funciones de Fiscal desde mayo de 2004, y que al no conocer sobre los antecedentes antes señalados no puede prestar certificación sobre los puntos ordenados (fs. 33). En la misma fecha y en el mismo sentido, la autoridad recurrida hizo conocer lo señalado al Juez Segundo de Instrucción en lo Civil de la Capital (fs. 34).