Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1603/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve APROBAR la Resolución 26/05, de 29 de octubre de 2005, cursante a fs. 124 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- a)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- Fragmento 10
- III.1.
- III.2.
- acto considerado ilegal debe tener como consecuencia el desconocimiento de la garantía del debido proceso, el mismo que da origen o causa la supresión o restricción de la libertad física o derecho de locomoción, o,
- APROBAR