SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1603/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
Fragmento 6
La Resolución 26/05, de 29 de octubre de 2005, cursante a fs. 124 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: a) la acusación del Fiscal de Materia fue efectuada contra Alberto Álvarez Gutiérrez y Nelly Vargas Muñoz, por la comisión de los delitos tipificados en los arts. 200 y 236 del CP e incluyendo tanto en el petitorio como en el Auto de apertura de juicio a ambos esposos, no teniendo relevancia que en la primera parte sólo figure el esposo; b) con referencia al informe pericial presentado por el Fiscal, en el reinicio de la audiencia del juicio oral, los imputados manifestaron que se adhieren a la prueba presentada por el Fiscal y la parte querellante, solicitando se introduzcan como pruebas de descargo, de lo cual se concluye que han dado su consentimiento con la misma, no pudiendo objetar estos medios probatorios por ser extemporáneo lo reclamado; c) la Sentencia condenatoria fue objeto de apelación y también del recurso de casación, reclamando los recurrentes en ambas instancias la violación de los arts. 209 y 211 del CPP, relativos al informe pericial, aspecto que fue considerado y declarado inadmisible; d) los recurrentes durante el proceso han asumido defensa, sin que hubiere existido violación a la seguridad jurídica, presunción de inocencia, debido proceso, principio de legalidad de la prueba, libertad y dignidad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- a)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- Fragmento 10
- III.1.
- III.2.
- acto considerado ilegal debe tener como consecuencia el desconocimiento de la garantía del debido proceso, el mismo que da origen o causa la supresión o restricción de la libertad física o derecho de locomoción, o,
- APROBAR