SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1603/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
III.2.
III.2. La línea jurisprudencial precedentemente citada, corresponde ser aplicada a la problemática que ahora se analiza, por cuanto los supuestos actos ilegales denunciados por el recurrente, traducidos en que la acusación fiscal y particular son contradictorias en cuanto a las personas imputadas, pues la primera sólo acusa a Alberto Álvarez Gutiérrez y la segunda incluye a Nelly Vargas de Álvarez; asimismo la inobservancia de no habérsele explicado el hecho imputado y la obligación de advertirle que podía abstenerse de declarar, sumado al hecho de que el perito no prestó juramento y de que la prueba pericial fue ofrecida y producida dentro de otro proceso, careciendo de eficacia probatoria a tenor del art. 172 del CPP; para finalmente señalar que la Sentencia condenatoria adolece de defectos, al hacer extensiva a ambos esposos; constituyen aspectos que no pueden ser analizados y menos resueltos por la vía del hábeas corpus al no estar inmediata ni directamente relacionados con el derecho a la libertad, el cual sólo se activa, de acuerdo a la jurisprudencia precedentemente glosada, cuando existe vinculación directa; pues el recurrente se halla privado de este derecho, como consecuencia de la acusación fiscal y particular, sindicándole de la comisión de delitos y donde hizo uso de todos los recursos que le franquea la ley, habiendo invocado al interponer el recurso de apelación y casación los mismos supuestos ilegales que ahora pretende hacerlos valer a través de esta acción tutelar, de lo cual se concluye que en ningún momento se colocó al recurrente en estado de indefensión; segundo supuesto que haría viable la consideración de lo impetrado.
De lo dicho, se evidencia que el recurrente no estuvo en indefensión, toda vez que hizo uso de todos los medios de defensa que la ley le confiere, apelando de la Sentencia y recurriendo en casación, instancias en las cuales se ponderó y compulsó los supuestos actos ilegales, de lo cual se concluye meridianamente que el recurrente no estuvo en estado de indefensión, elemento que haría en su caso viable el análisis del recurso planteado.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- a)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- Fragmento 10
- III.1.
- III.2.
- acto considerado ilegal debe tener como consecuencia el desconocimiento de la garantía del debido proceso, el mismo que da origen o causa la supresión o restricción de la libertad física o derecho de locomoción, o,
- APROBAR